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- Anexo Decreto 654-2026 licitacion publica N° 14-2026 ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO.pdf755 KB
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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 554/2.026, 658/2.026, 661/2.006 y 664/2.026.- Resoluciones: 38.862, 38.863, 38.864 y 383867.-
DECRETO N° 654/2.026Concordia, 20 de julio de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 2316 del año 2026, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 2753 del año 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 298/2026 del 10/04/2026, se dispone el llamado a Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", solicitado por la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Secretaría de Servicios Públicos.
Que mediante el mismo Decreto se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirán el presente llamado a Licitación Pública N° 14/2026.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en las Partidas Presupuestarias:
3.1.90.01.01.02.20.09.09 Servicios Públicos $ 268.000,00.-
3.1.90.01.01.02.20.07.01 Servicios Públicos $ 45.083.400,00.-
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Acta de Apertura de fecha 28/04/2026, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO".
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 04 de mayo de 2026, donde consta que se presentaron seis ofertas correspondientes a:
1. VICENTIN GASTON DANIEL, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON 16/100 ($196.143,16). Cotiza ítems 43 al 47 inclusive.
2. TRAILBACK S.A., cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES QUINCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 37/100 ($53.015.836,37).
3. LAQUIDARA MARCELO FABIAN, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 91/100 ($44.319.747,91). No cotiza ítems: 12, 14 y 25.
4. FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($34.481.500,00). No cotiza ítems: 12 al 15, 20 al 22, 26, 27, 30 al 32, 34 al 38, 40 al 47.
5. PACCOT CARLA PAOLA, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS VEINTISIETE MILLONES SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 63/100 ($27.063.654,63). No cotiza ítems: 12 y 29.
6. GERLO ADRIAN DARIO, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($39.802.360,00). No cotiza ítems: 12 al 15, 30, 31, 36 al 38, 40 al 47.
Que analizada las ofertas en su aspecto formal se verifica que:
1- VICENTIN GASTON DANIEL, no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Sellado Municipal por la suma de DOSCIENTOS PESOS ($200)
- Comprobante de adquisición del Pliego.
- Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta.
- El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal. Suscripta por el oferente al pie de la página.
- Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia.
- Constitución de domicilio electrónico.
- Constancia actualizada de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad. Por lo que corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de la oferta por el incumplimiento del Depósito de Garantía.
- Sellado Municipal por la suma de DOSCIENTOS PESOS ($200)
- Comprobante de adquisición del Pliego.
- Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta.
- El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal.
- Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia.
- Constitución de domicilio electrónico.
- En caso de sociedades comerciales, se deberá adjuntar:
- Copia autenticada del acta de designación de autoridades y/o documentación que acredite mandato a favor del firmante de la propuesta con facultades suficientes para efectuar la presentación en nombre de la sociedad y contratar en nombre y representación de la misma.
- Estados Contables del último ejercicio económico.
- Constancia actualizada de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad. Por lo que corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de la oferta por el incumplimiento del Depósito de Garantía.
- Comprobante de adquisición del Pliego.
- Sellado Municipal por la suma de DOSCIENTOS PESOS ($200)
- Constancia actualizada de Inscripción en A.F.I.P., D.G.R.
6-GERLO ADRIAN DARIO, no cumple con la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad
- Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia.
- Constitución de domicilio electrónico.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 11 de mayo de 2026, donde consta que; en fecha 04 de mayo la misma dispuso intimar a las firmas MARCELO FABIAN LAQUIDARA, FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO y ADRIAN DARIO GERLO, a la presentación de la documentación faltante, a la fecha se advierte que cumple con la documentación solicitada.
Que analizada la oferta en su aspecto económico se observa:
| IT | DESCRIPCION | CANT | PREVENTIVA | LAQUIOARA MARCELO | FONTANINI PACHER | PACCOT CARLA PAOLA | GERLO ADRIAN DARIO | |||||
| PU | TOTAL | PU | % | PU | % | PU | % | PU | % | |||
| 1 | KIT DVR 8 CANALES | 2 | $1,522,200.00 | $3,044,400.00 | $756,994.00 | -50.27% | $428,500.00 | -71.85% | $379,509.24 | -75.07% | $458,900.00 | -69.85% |
| 2 | KIT DVR 16 CANALES. | 2 | $3,200,000.00 | $6,400,000.00 | $2,074,456.00 | -35.17% | $2,478,500.00 | -22.55% | $952,791.89 | -70.23% | $1,218,620.00 | -61.92% |
| 3 | DVR 8 CANALES 1080p | 2 | $430,000.00 | $860,000.00 | $612,990.00 | 42.56% | $385,600.00 | -10.33% | $233,445.30 | -45.71% | $153,900.00 | -64.21% |
| 4 | DVR 16 CANALES 1080p | 2 | $1,100,000.00 | $2,200,000.00 | $782,992.00 | -28.82% | $801,500.00 | -27.14% | $430,461.70 | -60.87% | $318,785.00 | -71.02% |
| 5 | CAMARAS BULLET 2MP COLORVu | 20 | $140,000.00 | $2,800,000.00 | $56,434.00 | -59.69% | $108,200.00 | -22.71% | $38,978.94 | -72.16% | $76,980.00 | -45.01% |
| 6 | CAMARA BULLET 2 MP | 20 | $44,000.00 | $880,000.00 | $36,974.00 | -15.97% | $44,800.00 | 1.82% | $25,485.23 | -42.08% | $48,790.00 | 10.89% |
| 7 | CAMARA IP 4MP TIPO BULLET | 4 | $280,000.00 | $1,120,000.00 | $212,114.00 | -24.25% | $235,800.00 | -15.79% | $192,753.00 | -31.16% | $198,750.00 | -29.02% |
| 8 | CAMARA IP BULLET 4 MPX | 2 | $225,000.00 | $450,000.00 | $208,222.00 | -7.46% | $207,000.00 | -8.00% | $132,785.40 | -40.98% | $198,790.00 | -11.65% |
| 9 | CAMARA IP DOMO | 2 | $276,000.00 | $552,000.00 | $278,278.00 | 0.83% | $342,200.00 | 23.99% | $66,606.87 | -75.87% | $124,600.00 | -54.85% |
| 10 | INTERCOMUNICADOR PORTERO FRENTE | 2 | $370,000.00 | $740,000.00 | $369,681.62 | -0.09% | $303,500.00 | -17.97% | $231,503.60 | -37.43% | $348,790.00 | -5.73% |
| 11 | ESTACION INTERIOR DE VIDEOINTERCOM | 1 | $480,000.00 | $480,000.00 | $402,822.00 | -16.08% | $680,500.00 | 41.77% | $259,145.70 | -46.01% | $387,790.00 | -19.21% |
| 12 | PARLANTES A 2 | 2 | $180,000.00 | $360,000.00 | ||||||||
| 13 | BALIZA LED | 4 | $11,000.00 | $44,000.00 | $9,730.00 | -11.55% | $26,400.00 | 140.00% | ||||
| 14 | BALIZA LED | 4 | $11,000.00 | $44,000.00 | $26,400.00 | 140.00% | ||||||
| 15 | SIRENA EXTERIOR | 4 | $54,000.00 | $216,000.00 | $48,650.00 | -9.91% | $34,267.20 | -36.54% | ||||
| 16 | FUENTES PARA CCTV SWITCHING | 60 | $6,000.00 | $360,000.00 | $19,622.00 | 227.03% | $6,860.00 | 14.33% | $7,303.20 | 21.72% | $8,980.00 | 49.67% |
| 17 | FUENTES SWITCHING | 60 | $13,000.00 | $780,000.00 | $15,568.00 | 19.75% | $9,440.00 | -27.38% | $13,492.71 | 3.79% | $18,790.00 | 44.54% |
| 18 | FUENTES METALICA SWITCHING | 20 | $11,000.00 | $220,000.00 | $17,514.00 | 59.22% | $33,200.00 | 201.82% | $9,209.31 | -16.28% | $24,890.00 | 126.27% |
| 19 | BALUN DE VIDEO | 80 | $10,000.00 | $800,000.00 | $3,892.00 | -61.08% | $10,900.00 | 9.00% | $3,212.55 | -67.87% | $5,790.00 | -42.10% |
| 20 | PLUG DE ALIMENTACION | 120 | $2,100.00 | $252,000.00 | $973.00 | -53.67% | $514.01 | -75.52% | $650.00 | -69.05% | ||
| 21 | FICHAS RJ 45 | 400 | $250.00 | $100,000.00 | $1,600.00 | 540.00% | $160.63 | -35.75% | $119.00 | -52.40% | ||
| 22 | PATCH CORD ARMADO | 100 | $3,600.00 | $360,000.00 | $11,113.50 | 208.71% | $3,182.47 | -11.60% | $8,750.00 | 143.06% | ||
| 23 | DISCO RIGIDO SATA 2TB | 8 | $164,000.00 | $1,312,000.00 | $234,483.00 | 42.98% | $198,900.00 | 21.28% | $175,576.70 | 7.06% | $215,870.00 | 31.63% |
| 24 | DISCO RIGIDO SATA 4TB | 4 | $250,000.00 | $1,000,000.00 | $277,305.00 | 10.92% | $302,900.00 | 21.16% | $244,461.50 | -2.21% | $332,480.00 | 32.99% |
| 25 | DISCO RIGIDO SATA 8TB | 4 | $600,000.00 | $2,400,000.00 | $656,900.00 | 9.48% | $508,951.30 | -15.17% | $658,700.00 | 9.78% | ||
| 26 | ZAPATILLA 6 TOMAS | 10 | $14,000.00 | $140,000.00 | $141,278.00 | 909.13% | $19,603.20 | 40.02% | $24,790.00 | 77.07% | ||
| 27 | MEMORIA MICRO SD | 10 | $26,000.00 | $260,000.00 | $29,190.00 | 12.27% | $21,103.62 | -18.83% | $56,900.00 | 118.85% | ||
| 28 | BOBINA DE CABLE UTP | 10 | $227,000.00 | $2,270,000.00 | $379,470.00 | 67.17% | $357,900.00 | 57.67% | $325,538.40 | 43.41% | $446,700.00 | 96.78% |
| 29 | CABLE FTP EXTERIOR | 5 | $400,000.00 | $2,000,000.00 | $398,980.00 | -0.25% | $452,000.00 | 13.00% | $489,800.00 | 22.45% | ||
| 30 | GABINETE METALICO ESTANCO T | 6 | $225,000.00 | $1,350,000.00 | $200,438.00 | -10.92% | $178,126.40 | -20.83% | ||||
| 31 | GABINETE METALICO ESTANCO | 15 | $104,000.00 | $1,560,000.00 | $231,574.00 | 122.67% | $86,573.85 | -16.95% | ||||
| 32 | SWITCH 8 BOCAS | 15 | $38,000.00 | $570,000.00 | $86,013.09 | 126.35% | $11,050.55 | -70.92% | $64,780.00 | 70.47% | ||
| 33 | SWITCH POE RJ45 | 10 | $90,000.00 | $900,000.00 | $103,138.00 | 14.60% | $134,400.00 | 49.33% | $61,218.11 | -31.98% | $94,780.00 | 5.31% |
| 34 | ROUTER WIFI DOBLE BANDA | 4 | $39,000.00 | $156,000.00 | $52,542.00 | 34.72% | $33,171.22 | -14.95% | $69,890.00 | 79.21% | ||
| 35 | UPS 800VA | 4 | $120,000.00 | $480,000.00 | $126,490.00 | 5.41% | $87,035.33 | -27.47% | $264,890.00 | 120.74% | ||
| 36 | CAJA ESTANCA PLASTICA EXTERIOR | 100 | $4,100.00 | $410,000.00 | $2,043.50 | -50.16% | $1,987.14 | -51.53% | ||||
| 37 | BANDEJAS PARA RACK FIJA | 6 | $30,000.00 | $180,000.00 | $35,028.00 | 16.76% | $23,344.53 | -22.18% | ||||
| 38 | FICHA BNC MACHO COMPRESION | 200 | $3,300.00 | $660,000.00 | $1,284.36 | -61.08% | $472.00 | -85.70% | ||||
| 39 | ANTENAS DIRECCIONAL | 40 | $150,000.00 | $6,000,000.00 | $176,327.00 | 17.55% | $131,900.00 | -12.07% | $124,196.50 | -17.20% | $248,900.00 | 65.93% |
| 40 | PRENSACABLE PLASTICO 1" | 50 | $2,300.00 | $115,000.00 | $1,498.42 | -34.85% | $808.80 | -64.83% | ||||
| 41 | PRENSACABLE PLASTICO 1/2" | 50 | $1,000.00 | $50,000.00 | $1,264.90 | 26.49% | $536.40 | -46.36% | ||||
| 42 | PRENSACABLE PLASTICO 3/4" | 100 | $1,600.00 | $160,000.00 | $973.00 | -39.19% | $652.68 | -59.21% | ||||
| 43 | PILAS CR1220 | 40 | $700.00 | $28,000.00 | $1,751.40 | 150.20% | $556.84 | -20.45% | ||||
| 44 | PRECINTOS PLASTICOS | 40 | $4,200.00 | $168,000.00 | $5,351.50 | 27.42% | $2,205.60 | -47.49% | ||||
| 45 | CINTA DE PAPEL ADHESIVA | 6 | $2,000.00 | $12,000.00 | $3,035.76 | 51.79% | $1,825.82 | -8.71% | ||||
| 46 | TORNILLOS FIX DORADO | 4 | $12,000.00 | $48,000.00 | $97.30 | -99.19% | $3,089.58 | -74.25% | ||||
| 47 | TORNILLOS FIX DORADOS | 4 | $10,000.00 | $40,000.00 | $175.14 | -98.25% | $4,911.26 | -50.89% | ||||
Que habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos formales el día 11/05/2026, se dispuso un cuarto intermedio a la espera del informe de recomendación técnica por parte del área solicitante. Una vez recepcionado el correspondiente informe de recomendación esta Comisión Evaluadora continuará con evaluación.
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite el informe correspondiente en el GESCOM el día 14/05/2026 del cual se deduce lo siguiente:
ITEM 1– LAQUIDARA MARCELO FABIAN: cumple con las características técnicas solicitadas.
FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO: no cumple con las características técnicas solicitadas: el kit solicitado no es para intemperie. PACCOT CARLA PAOLA, no cumple: no presenta características. GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, no presenta características
ITEM 2– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de:
PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no da detalles del kit ofrecido.
GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, no da detalles del kit ofrecido.
ITEM 3– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de: GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, ofrece HGHI y se solicito HQHI.
ITEM 4– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de: GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, ofrece HGHI y se solicito HQHI.
ITEM 5 – Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 6 – Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 7– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de GERLO ADRIAN DARIO: no cumple con las características solicitadas.
ITEM 8 – Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 9– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de GERLO ADRIAN DARIO: no cumple con las características solicitadas.
ITEM 10 y 11– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 12– DESIERTO
ITEM 13, 14– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no ofrece características de lo solicitado.
ITEM 15– Las ofertas no cumplen con las características técnicas solicitadas, LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, no especifica la potencia. PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no ofrece características de lo solicitado.
ITEM 16– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no ofrece características de lo solicitado.
ITEM 17– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no ofrece características de lo solicitado.
ITEM 18– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no ofrece características de lo solicitado.
ITEM 19– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, no aclara modelo ofrecido. GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, con las características técnicas solicitadas. ALTERNATIVA: cumple con las características técnicas solicitadas.
ITEM 20– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no ofrece características de lo solicitado.
ITEM 21– Las ofertas no cumplen con las características técnicas solicitadas. LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, No hay marca ni modelo - Si son de uso exterior deben ser metálicas.
PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, No hay modelo - Si son de uso exterior deben ser metálicas.
ITEM 22– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de GERLO ADRIAN DARIO: no cumple con las características técnicas solicitadas.
ITEM 23 y 24– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 25– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de: GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, no indica modelo
ITEM 26– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, con las características técnicas solicitadas. PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no presenta características.
ITEM 27– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, con las características técnicas solicitadas. PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no presenta características.
ITEM 28– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO: no cumple, no indica modelo LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, no indica modelo. GERLO ADRIAN DARIO: no cumple, no indica modelo
ITEM 29– Ninguna de las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas: FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO: no cumple. Solicitar hoja de datos LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple. No tiene portante
GERLO ADRIAN DARIO: no cumple. Solicitar hoja de datos
ITEM 30– Las ofertas no cumplen con las características técnicas solicitadas, LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple, las medidas ofrecidas, no son las solicitadas. PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no presenta características.
ITEM 31– Las ofertas no cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 32– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 33– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de GERLO ADRIAN DARIO: no cumple. No Cumple Hikvision ds-3e0105p-e.
ITEM 34 y 35 – Las ofertas no cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 36, 37 y 38– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no presenta características.
ITEM 39– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 40, 41, 42 – Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de PACCOT CARLA PAOLA: no cumple, no presenta características.
ITEM 43– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 44 – Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple.
ITEM 45– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas.
ITEM 46 y 47– Todas las ofertas cumplen con las características técnicas solicitadas, a excepción de LAQUIDARA MARCELO FABIAN: no cumple.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora decide intimar a las firmas PACCOT CARLA PAOLA, GERLO ADRIAN DARIO, FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO, LAQUIDARA MARCELO FABIAN, a que completen la información técnica necesaria para poder realizar una correcta evaluación de las ofertas.
Que obra Dictamen de fecha 18 de junio de 2026, donde se informa que en el Dictamen de fecha 11 de mayo del corriente, la Comisión decidió intimar a las firmas PACCOT CARLA PAOLA, GERLO ADRIAN DARIO, FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO, LAQUIDARA MARCELO FABIAN, a la presentación de la documentación faltante, a la fecha se advierte que cumplen con la documentación solicitada.
Que en fecha 01 de junio del corriente se remitieron los antecedentes a la Dirección de Electrotecnia para la evaluación correspondiente, entrando la Comisión Evaluadora en un cuarto intermedio hasta que la recomendación este realizada.
Que en fecha 17 de junio del corriente se recibe la recomendación del área técnica definitiva, por lo que la Comisión Evaluadora luego de analizar la información suministrada por el área técnica aconseja se adjudique de la siguiente forma:
LAQUIDARA MARCELO FABIAN a un importe total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($295.792,00), de acuerdo al siguiente detalle:
| LAQUIDARA MARCELO FABIAN | ||||
| IT | DESCRIPCÓN | CANT. | P.U | TOTAL |
| 13 | BALIZA LED | 4 | $ 9,730.00 | $ 38,920.00 |
| 38 | FICHA BNC MACHO COMPRESIÓN | 200 | $ 1,284.36 | $ 256,872.00 |
| $ 295,792.00 | ||||
FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO a un importe total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($978.000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
| FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO | ||||
| IT | DESCRIPCÓN | CANT. | P.U | TOTAL |
| 16 | FUENTES PARA CCTV SWITCHING | 60 | $ 6,860.00 | $ 411,600.00 |
| 17 | FUENTES SWITCHING | 60 | $ 9,440.00 | $ 566,400.00 |
| $ 978,000.00 | ||||
PACCOT CARLA PAOLA a un importe total de PESOS VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 26/100 ($21.994.633,26), de acuerdo al siguiente detalle:
| IT | DESCRIPCION | CANT | PACCOT CARLA PAOLA | |
| PU | TOTAL | |||
| 1 | KIT DVR 8 CANALES | 2 | $379,509.24 | $759,018.48 |
| 2 | KIT DVR 16 CANALES. | 2 | $952,791.89 | $1,905,583.78 |
| 3 | DVR 8 CANALES 1080p | 2 | $233,445.30 | $466,890.60 |
| 4 | DVR 16 CANALES 1080p | 2 | $430,481.70 | $860,963.40 |
| 5 | CAMARAS BULLET 2MP COLORVu | 20 | $38,978.94 | $779,578.80 |
| 6 | CAMARA BULLET 2 MP | 20 | $25,486.23 | $509,724.60 |
| 7 | CAMARA IP 4MP TIPO BULLET | 4 | $192,753.00 | $771,012.00 |
| 8 | CAMARA IP BULLET 4 MPX | 2 | $132,785.40 | $265,570.80 |
| 9 | CAMARA IP DOMO | 2 | $66,606.87 | $133,213.74 |
| 10 | INTERCOMUNICADOR PORTERO FRENTE | 2 | $231,303.60 | $462,607.20 |
| 11 | ESTACION INTERIOR DE VIDEOINTERCOM | 1 | $259,145.70 | $259,145.70 |
| 15 | SIRENA EXTERIOR | 4 | $34,267.20 | $137,068.80 |
| 18 | FUENTES METALICA SWITCHING | 20 | $9,209.31 | $184,186.20 |
| 19 | BALUN DE VIDEO | 80 | $3,212.55 | $257,004.00 |
| 20 | PLUG DE ALIMENTACION | 120 | $514.01 | $61,681.20 |
| 22 | PATCH CORD ARMADO | 100 | $3,362.47 | $336,247.00 |
| 23 | DISCO RIGIDO SATA 2TB | 8 | $175,576.70 | $1,404,613.60 |
| 24 | DISCO RIGIDO SATA 4TB | 4 | $244,481.30 | $977,925.20 |
| 25 | DISCO RIGIDO SATA 8TB | 4 | $508,951.30 | $2,035,805.20 |
| 27 | MEMORIA MICRO SD | 10 | $21,103.62 | $211,036.20 |
| 30 | GABINETE METALICO ESTANCO T | 6 | $178,126.40 | $1,068,758.40 |
| 31 | GABINETE METALICO ESTANCO | 15 | $86,373.85 | $1,295,607.75 |
| 32 | SWITCH 5 BOCAS | 15 | $11,050.55 | $165,758.25 |
| 33 | SWITCH POE RJ45 | 10 | $61,218.11 | $612,181.10 |
| 34 | ROUTER WIFI DOBLE BANDA | 4 | $33,171.22 | $132,684.88 |
| 35 | UPS 800VA | 4 | $87,035.33 | $348,141.32 |
| 36 | CAJA ESTANCA PLASTICA EXTERIOR | 100 | $1,987.14 | $198,714.00 |
| 37 | BANDEJAS PARA RACK FIJA | 6 | $23,344.53 | $140,067.18 |
| 39 | ANTENAS DIRECCIONAL | 40 | $124,196.50 | $4,967,860.00 |
| 40 | PRENSACABLE PLASTICO 1" | 50 | $808.80 | $40,440.00 |
| 41 | PRENSACABLE PLASTICO 1/2" | 50 | $536.40 | $26,820.00 |
| 42 | PRENSACABLE PLASTICO 3/4" | 100 | $652.68 | $65,268.00 |
| 43 | PILAS CR1220 | 40 | $556.84 | $22,273.60 |
| 44 | PRECINTOS PLASTICOS | 40 | $2,205.60 | $88,224.00 |
| 45 | CINTA DE PAPEL ADHESIVA | 6 | $1,825.82 | $10,954.92 |
| 46 | TORNILLOS FIX DORADO | 4 | $3,089.58 | $12,358.32 |
| 47 | TORNILLOS FIX DORADOS | 4 | $4,911.26 | $19,645.04 |
| $21,994,633.26 | ||||
GERLO ADRIAN DARIO a un importe total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($47.600,00), de acuerdo al siguiente detalle:
Que el importe total adjudicado es PESOS VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL VEINTICINCO CON 26/100 ($23.316.025,26), lo que resulta ser un 42,48% inferior a la Imputación Preventiva.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 118° inc. a) de la Ordenanza N° 34.698 se consulto al SIPAM y se constata que los oferentes locales no poseen deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que corresponde se desestimen los ítems 26 y 28 por superar ampliamente la Imputación Preventiva y se declaren desiertos los ítems 14, 29 y 12.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 2316 del año 2026, correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma LAQUIDARA MARCELO FABIAN, por importe total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($295.792,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese a la firma FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO, por un importe total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($978.000,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 4º.- Adjudíquese a la firma PACCOT CARLA PAOLA, por un importe total de PESOS VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 26/100 ($21.994.633,26), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 5º.- Adjudíquese a la firma GERLO ADRIAN DARIO, por un importe total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($47.600,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 6º.- Declárese Inadmisible las ofertas de las firmas VICENTIN GASTON DANIEL Y TRAILBACK S.A., presentadas en el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Declárese desiertos los ítems 14, 29 Y 12 de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 8°.- Declárese desestimado los ítems 26 Y 28 de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 9°.- Dispóngase que la Dirección de Compras y Suministros efectúe un SEGUNDO LLAMADO de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", para los Ítems 12, 14, 26, 28 Y 29 y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en el Art. 25º de la Ordenanza de Contrataciones vigente.
ARTICULO 10°.- Impútese la presente erogación en las partidas:
3.1.90.01.01.02.20.09.09 Servicios Públicos $ 131.182,28.-
3.1.90.01.01.02.20.07.01 Servicios Públicos $ 23.184.842,98, del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 11º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 12º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
DECETO N° 658/2.026
Concordia, 21 de julio de 2.026
VISTO, la Nota de fecha 16/07/2.026, y su Anexo, presentada por la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, en relación al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”; según Solicitud de Compra N° 3580/2.026, aprobado mediante Decreto N° 598/2.026 de fecha 01/07/2.026, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 2826 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada nota, el área técnica expresa que: “...En relación a las consultas efectuadas por las empresas respecto…sobre el Pliego de Especificaciones Técnicas, esta Dirección ha advertido que determinadas especificaciones, por su grado de particularización, podrían restringir de manera injustificada…potenciales oferentes, sin que ello responda a una necesidad funcional u operativa del equipamiento a adquirir. Se estima conveniente, en consecuencia, adecuar dichas especificaciones confiriéndoles un carácter prestacional y no restrictivo, sin menoscabo de la calidad ni de los requerimientos funcionales mínimos exigidos, en resguardo de los principios de concurrencia, igualdad de oferentes, competencia efectiva y transparencia…”.
Que ante ello, y a los efectos de hacer previsible la presente licitación, independizándola de hechos externos, el área técnica solicita lo siguiente:
“1) Aprobar la adecuación de las especificaciones técnicas que se identifican en el Anexo adjunto, en el que se consigna, para cada una de ellas, el texto vigente, el texto propuesto y su fundamento técnico.
2) Instrumentar dicha adecuación mediante Circular Modificatoria, a publicar por los mismos medios utilizados para el llamado y a notificar a la totalidad de los adquirentes del Pliego.
3) Prorrogar la fecha de apertura de ofertas en un plazo de diez (10) días corridos contados a partir de la publicación de la referida Circular, a fin de garantizar a todos los interesados un plazo razonable para el estudio del Pliego y la elaboración de sus ofertas conforme a las especificaciones adecuadas…”
Que asimismo, expresa que: “…Se deja constancia que la adecuación propuesta no altera el objeto de la contratación ni el presupuesto oficial, y que se formula con anterioridad a la fecha de apertura originalmente prevista…”.
Que por ello, obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas), con las modificaciones solicitadas por el área técnica, mediante la Nota de fecha 16/07/2.026 y su Anexo.
Que toma intervención la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, a los efectos de evaluar el nuevo pliego de la presente Licitación, manifestando su conformidad respecto a las modificaciones realizadas en el mismo.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima atinente hacer lugar a la prórroga de la Apertura de Ofertas, por el término de Diez (10) días corridos, a partir de la fecha dispuesta por la Dirección de Compras y Suministros; y como asimismo, aprobar el nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas), el que forma parte del presente Decreto, correspondiente a la Licitación Pública Nº 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 2826 del año 2.026.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°- Dispónese la prórroga de la Apertura de Ofertas, por el término de Diez (10) días corridos, a partir de la fecha dispuesta por la Dirección de Compras y Suministros, correspondiente al Primer Llamado a Licitación Pública N° 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”, aprobado mediante Decreto N° 598/2.026 de fecha 01/07/2.026, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 2826 del año 2.026, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º- Apruébese el nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas), correspondiente a la Licitación Pública N° 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 3°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos; tome nota la Dirección de Calles Pavimentadas y la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, dependientes de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
DECRETO N° 661/2.026
Concordia, 21 de julio de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 3043 del año 2026, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 3887 del año 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Talleres y Depósitos dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos eleva documentación para que se realice el procedimiento licitatorio para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”.
Que la Secretaria de Servicios Públicos, ha tomado intervención de su competencia.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.2.90.01.01.02.20.04.04 SERVICIOS PÚBLICOS $ 226.559.220,00.-
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($226.559.220,00.-).
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y su modificatoria– régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I de la Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, obrante en el Expediente Digital Nº 3043/2026.
ARTICULO 2º.- Dispóngase se realice el PRIMER llamado de la Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, conforme a lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Dispóngase se realice un SEGUNDO llamado de la presente Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, en caso de que el PRIMER llamado resulte desierto o sus ofertas inadmisibles o desestimadas.
ARTICULO 4º.- Fíjese el Presupuesto Oficial de la presente Licitación Pública Nº 37/2026, en la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($226.559.220,00.-).
ARTICULO 5º.- Autorícese a la Dirección de Compras y Suministros a realizar los trámites administrativos pertinentes para la realización del proceso licitatorio, dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 6º.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros para que notifique a las áreas que conforman la Comisión Evaluadora, y dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8º.- Impútese los gastos que demande la presente licitación en la siguiente Partida Presupuestaria:
Nº 3.2.90.01.01.02.20.04.04 SERVICIOS PÚBLICOS $ 226.559.220,00.-
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos
ANEXO I
----------
DECRETO N° 664/2.026
Concordia, 21 de julio de 2.026
VISTO el contenido del Expediente Compra Digital N° 3312/2.026, Licitación Privada N° 12/2026; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Subsecretario de Desarrollo y Emprendedurismo, Sr. Gabriel Enguelberg y El Secretario de Desarrollo Productivo, Sr. Arístide Sebastián, elevan documentación para el llamado a la Licitación Privada N° 12/2026 para la “adquisición de Artículos deportivos para Instituciones Varias”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación, de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 40/100 ($ 39.948.749,40) por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 – Características técnicas, de la mencionada Licitación.
Que, asimismo, la Dirección de Compras y Suministros sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado de la Licitación de referencia.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
N° 3.4.90.01.05.07.40 DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que la Subsecretaria de Hacienda y Modernización toma intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Privada N° 12/2026, para la “adquisición de Artículos deportivos para Instituciones Varias”, cuyo Anexo 1 forma parte del presente Decreto. Y en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación de un Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedente.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado a Licitación Privada N°12/2026 para la “adquisición de Artículos deportivos para Instituciones Varias”, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, cuyo antecedentes obran en la Solicitud de Compra N° 3768, Expediente Compra Digital N° 3312 del año 2026.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 40/100 ($ 39.948.749,40).
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: N° 3.4.90.01.05.07.40 DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza N° 34.698/11 de contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTICULO 5°.- Dispónese a la Dirección de Compras y Suministros realice las invitaciones correspondientes para la presente Licitación.
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a los establecido en el presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Desarrollo y Emprendedurismo, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Productivo; luego pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTICULO 9°. - Comuníquese, Publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.439
VISTO:
La realización de la 64ª edición de la Fiesta del Estudiante en el año 2026, organizada por Estudiantes Concordienses Unidos (ECU), y;
CONSIDERANDO:
Que esta Fiesta del Estudiante nació en 1962, siendo hoy la celebración estudiantil más antigua de la ciudad y un proyecto único en el país;
Que representa una herencia cultural e histórica que atraviesa generaciones, fortaleciendo el sentido de identidad, pertenecía y orgullo de todos los concordienses;
Que se realizarán diferentes eventos a lo largo del año 2026:
*Elecciones de Embajadores y Embajadoras.
*Expo Estudiantiles.
*Fiesta de Hinchadas.
*Fiesta del día del estudiante.
*Maratón Estudiantil.
*Desfiles de Carrozas.
Que el Estado Municipal debe acompañar y facilitar su realización, mediante vías administrativas y públicas acordes a su finalidad;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la totalidad de los eventos organizados por ECU durante el año 2026, en el marco de la 64ª edición de la Fiesta del Estudiante.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese un certificado y copia de la presente a las autoridades de ECU.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 24 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.862.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.432
VISTO:
La solicitud presentada por el Dr. Guillermo Blugerman mediante la cual requiere la Declaración de Interés Municipal del libro "Memorias sobre Santa Isabel – Una colonia de la JCA en Entre Ríos", y;
CONSIDERANDO:
Que la obra constituye un valioso aporte al patrimonio histórico, cultural y documental de la ciudad de Concordia y de la provincia de Entre Ríos;
Que el libro corresponde a la traducción al castellano de la obra originalmente escrita en idioma idish por David Gorskin, publicada en el año 1951 con motivo del cuadragésimo aniversario de la fundación de la colonia Santa Isabel;
Que la publicación permitirá acercar al público en general un testimonio histórico de gran relevancia sobre la vida de los primeros colonos, sus vivencias, dificultades, desarrollo social, cultural y productivo, contribuyendo a preservar la memoria histórica, fortalecer la identidad local y poner a disposición de las generaciones presentes y futuras un importante legado cultural;
Que la publicación cuenta con el auspicio de la Fundación IWO, institución de reconocida trayectoria en la preservación y difusión de la cultura y el idioma idish, lo que reafirma el valor histórico y cultural de la obra;
Que la edición e impresión del libro estará a cargo de Casa Fornés S.R.L., empresa gráfica de la ciudad de Concordia, promoviendo de este modo el desarrollo de la actividad editorial local y la difusión de una obra de significativo interés para la comunidad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural la publicación del libro "Memorias sobre Santa Isabel – Una colonia de la JCA en Entre Ríos", en reconocimiento a su significativo aporte a la preservación y difusión del patrimonio histórico y cultural.
ARTÍCULO 2°.- Remítase copia de la presente resolución al Dr. Guillermo Blugerman, en su carácter de solicitante.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 2 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 24 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.863.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.438
VISTO:
La realización de la "Caminata Comunitaria por el TDAH" en nuestra ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha actividad se llevará a cabo el día 28 de julio del corriente año a las 16:00hs, iniciando su recorrido con el acompañamiento de un móvil de la Dirección de Tránsito por la calle San Lorenzo, continuando por Hipólito Yrigoyen, hasta finalizar en la calle Mitre ingresando a la Plaza 25 de Mayo;
Que en el punto de llegada se realizará el cierre del evento, el cual incluirá palabras de agradecimiento, entrega de folletería informativa y distribución de cintas de color naranja, distintivo de la concientización sobre esta temática;
Que el objetivo principal de esta iniciativa es visibilizar el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) en Concordia, promoviendo de este modo una comunidad más inclusiva, informada y empática hacia las personas que conviven con esta condición y sus familias;
Que este proyecto surge del trabajo territorial diario junto a los grupos familiares, respondiendo a la necesidad urgente de sensibilizar a la ciudadanía general y de lograr que la temática trascienda el ámbito institucional, convirtiéndose en un hito de concientización en el espacio público;
Que la caminata fomenta la salud integral y el bienestar general a través de la actividad física, el esparcimiento y el movimiento comunitario;
Que la convocatoria es abierta a familias, profesionales, docentes e instituciones de toda la localidad, propiciando un espacio de convivencia, intercambio y apoyo mutuo entre los diversos sectores involucrados.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la "Caminata Comunitaria por el TDAH", a realizarse el día 28 de julio de 2026 en nuestra ciudad, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia fiel de la presente Resolución y el correspondiente certificado de reconocimiento a los organizadores y coordinadores de la mencionada actividad.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.864.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente
CARLOS H. GATTO
Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.440
VISTO:
La festividad de San Cayetano, Santo Patrono del pan y del trabajo, que año tras año congrega en el barrio de Villa Zorraquín de nuestra ciudad a más de 30.000 fieles, y;
CONSIDERANDO:
Que esta presentación respalda una de las más firmes tradiciones del pueblo argentino, de devoción y convocatoria en la región;
Que además este acontecimiento constituye una verdadera fiesta popular con una demostración extraordinaria de fe, agradecimiento y pedidos de mediación ante muchas necesidades, sobre todo en estos tiempos complejos;
Que a las actividades religiosas, año tras año se suma una feria regional que congrega a artesanos, pequeños productores, exposición de varias instituciones como una muestra del trabajo y esfuerzo diario de muchos vecinos;
Que es esta una fiesta de la Fe, donde se vive con mucha alegría, esperanza y fortaleza, para que junto a la tradición de San Cayetano sigan peregrinando como familia que va agradecer y a pedir trabajo;
Que la organización se lleva a cabo en un esfuerzo mancomunado de muchas personas que se ponen al servicio de todos, involucrando así a la comunidad de Villa Zorraquín, la Comisión Organizadora, la Delegación Municipal, el Concejo Deliberante, el Intendente Francisco Azcué, como también numerosas y diversas áreas del Municipio, coordinando desde diferentes áreas de trabajo a todos;
Que destacamos las Actividades Centrales que se desarrollarán durante la jornada del domingo 7 de Agosto, en las cuales se efectuarán diferentes ceremonias religiosas y culturales;
Que asimismo desde el 29 de julio de 2026 agenda litúrgica con la novena a San Cayetano;
Que además el cronograma incluye una peregrinación central que partirá desde la Capilla Stella Maris, contando con presentaciones culturales, feriantes, artesanos, bailes típicos y cantatas;
Que desde el Concejo Deliberante queremos invitar a la comunidad, por su considerable trascendencia y popularidad de esta fiesta patronal;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Socio-Cultural la fiesta Patronal de San Cayetano a celebrarse en Villa Zorraquín, desde el día 29 de Julio al 7 de Agosto del 2026.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de una copia de la presente a las autoridades de la parroquia organizadora.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.867.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
| GERLO ADRIAN DARIO | ||||
| IT | DESCRIPCÓN | CANT. | P.U | TOTAL |
| 21 | FICHAS RJ 45 | 400 | $ 119.00 | $ 47,600.00 |
| $ 47,600.00 | ||||
Que el importe total adjudicado es PESOS VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL VEINTICINCO CON 26/100 ($23.316.025,26), lo que resulta ser un 42,48% inferior a la Imputación Preventiva.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 118° inc. a) de la Ordenanza N° 34.698 se consulto al SIPAM y se constata que los oferentes locales no poseen deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que corresponde se desestimen los ítems 26 y 28 por superar ampliamente la Imputación Preventiva y se declaren desiertos los ítems 14, 29 y 12.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 2316 del año 2026, correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma LAQUIDARA MARCELO FABIAN, por importe total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($295.792,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese a la firma FONTANINI PACHER FRANCISCO MARIANO, por un importe total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($978.000,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 4º.- Adjudíquese a la firma PACCOT CARLA PAOLA, por un importe total de PESOS VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 26/100 ($21.994.633,26), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 5º.- Adjudíquese a la firma GERLO ADRIAN DARIO, por un importe total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($47.600,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 6º.- Declárese Inadmisible las ofertas de las firmas VICENTIN GASTON DANIEL Y TRAILBACK S.A., presentadas en el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Declárese desiertos los ítems 14, 29 Y 12 de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 8°.- Declárese desestimado los ítems 26 Y 28 de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 9°.- Dispóngase que la Dirección de Compras y Suministros efectúe un SEGUNDO LLAMADO de la Licitación Pública N° 14/2026, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE CAMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO", para los Ítems 12, 14, 26, 28 Y 29 y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en el Art. 25º de la Ordenanza de Contrataciones vigente.
ARTICULO 10°.- Impútese la presente erogación en las partidas:
3.1.90.01.01.02.20.09.09 Servicios Públicos $ 131.182,28.-
3.1.90.01.01.02.20.07.01 Servicios Públicos $ 23.184.842,98, del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 11º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 12º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
---------- DECETO N° 658/2.026
Concordia, 21 de julio de 2.026
VISTO, la Nota de fecha 16/07/2.026, y su Anexo, presentada por la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, en relación al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”; según Solicitud de Compra N° 3580/2.026, aprobado mediante Decreto N° 598/2.026 de fecha 01/07/2.026, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 2826 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada nota, el área técnica expresa que: “...En relación a las consultas efectuadas por las empresas respecto…sobre el Pliego de Especificaciones Técnicas, esta Dirección ha advertido que determinadas especificaciones, por su grado de particularización, podrían restringir de manera injustificada…potenciales oferentes, sin que ello responda a una necesidad funcional u operativa del equipamiento a adquirir. Se estima conveniente, en consecuencia, adecuar dichas especificaciones confiriéndoles un carácter prestacional y no restrictivo, sin menoscabo de la calidad ni de los requerimientos funcionales mínimos exigidos, en resguardo de los principios de concurrencia, igualdad de oferentes, competencia efectiva y transparencia…”.
Que ante ello, y a los efectos de hacer previsible la presente licitación, independizándola de hechos externos, el área técnica solicita lo siguiente:
“1) Aprobar la adecuación de las especificaciones técnicas que se identifican en el Anexo adjunto, en el que se consigna, para cada una de ellas, el texto vigente, el texto propuesto y su fundamento técnico.
2) Instrumentar dicha adecuación mediante Circular Modificatoria, a publicar por los mismos medios utilizados para el llamado y a notificar a la totalidad de los adquirentes del Pliego.
3) Prorrogar la fecha de apertura de ofertas en un plazo de diez (10) días corridos contados a partir de la publicación de la referida Circular, a fin de garantizar a todos los interesados un plazo razonable para el estudio del Pliego y la elaboración de sus ofertas conforme a las especificaciones adecuadas…”
Que asimismo, expresa que: “…Se deja constancia que la adecuación propuesta no altera el objeto de la contratación ni el presupuesto oficial, y que se formula con anterioridad a la fecha de apertura originalmente prevista…”.
Que por ello, obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas), con las modificaciones solicitadas por el área técnica, mediante la Nota de fecha 16/07/2.026 y su Anexo.
Que toma intervención la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, a los efectos de evaluar el nuevo pliego de la presente Licitación, manifestando su conformidad respecto a las modificaciones realizadas en el mismo.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima atinente hacer lugar a la prórroga de la Apertura de Ofertas, por el término de Diez (10) días corridos, a partir de la fecha dispuesta por la Dirección de Compras y Suministros; y como asimismo, aprobar el nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas), el que forma parte del presente Decreto, correspondiente a la Licitación Pública Nº 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 2826 del año 2.026.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°- Dispónese la prórroga de la Apertura de Ofertas, por el término de Diez (10) días corridos, a partir de la fecha dispuesta por la Dirección de Compras y Suministros, correspondiente al Primer Llamado a Licitación Pública N° 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”, aprobado mediante Decreto N° 598/2.026 de fecha 01/07/2.026, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital N° 2826 del año 2.026, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º- Apruébese el nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 (Planilla Nomencladora y Especificaciones Técnicas), correspondiente a la Licitación Pública N° 41/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE PLANTA DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE – PRODUCCIÓN 60 TN/HORA”, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 3°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos; tome nota la Dirección de Calles Pavimentadas y la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, dependientes de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
---------- DECRETO N° 661/2.026
Concordia, 21 de julio de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 3043 del año 2026, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 3887 del año 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Talleres y Depósitos dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos eleva documentación para que se realice el procedimiento licitatorio para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”.
Que la Secretaria de Servicios Públicos, ha tomado intervención de su competencia.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.2.90.01.01.02.20.04.04 SERVICIOS PÚBLICOS $ 226.559.220,00.-
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($226.559.220,00.-).
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y su modificatoria– régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I de la Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, obrante en el Expediente Digital Nº 3043/2026.
ARTICULO 2º.- Dispóngase se realice el PRIMER llamado de la Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, conforme a lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Dispóngase se realice un SEGUNDO llamado de la presente Licitación Pública Nº 37/2026 para la “ADQUISICIÓN DE CUBIERTAS, CÁMARAS Y PROTECTORES PARA DISTINTAS UNIDADES DEL PARQUE AUTOMOTOR Y VIAL”, en caso de que el PRIMER llamado resulte desierto o sus ofertas inadmisibles o desestimadas.
ARTICULO 4º.- Fíjese el Presupuesto Oficial de la presente Licitación Pública Nº 37/2026, en la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($226.559.220,00.-).
ARTICULO 5º.- Autorícese a la Dirección de Compras y Suministros a realizar los trámites administrativos pertinentes para la realización del proceso licitatorio, dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 6º.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros para que notifique a las áreas que conforman la Comisión Evaluadora, y dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8º.- Impútese los gastos que demande la presente licitación en la siguiente Partida Presupuestaria:
Nº 3.2.90.01.01.02.20.04.04 SERVICIOS PÚBLICOS $ 226.559.220,00.-
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos
ANEXO I
| Ítem | Descripción | Cant. |
| 1 | Cubiertas 1400 x 24 para Motoniveladora Motoniveladora Case 845 Serie N6AF03182 Motor N° 30799817 sin Chapa Dominio Interno N° 05, Motoniveladora Case 845B Serie HBZN0845CBAF00208 Motor N° 36181857 sin Chapa Dominio Interno N° 10 y Motoniveladora Case 845B Serie HBZN0845JHAF06041 Motor N° 6156131 Interno N° 13 | 8 |
| 2 | Cámaras 1400 x 24 para Motoniveladora Motoniveladora Case 845 Serie N6AF03182 Motor N° 30799817 sin Chapa Dominio Interno N° 05, Motoniveladora Case 845B Serie HBZN0845CBAF00208 Motor N° 36181857 sin Chapa Dominio Interno N° 10 y Motoniveladora Case 845B Serie HBZN0845JHAF06041 Motor N° 6156131 Interno N° 13 | 8 |
| 3 | Cámaras 17.5 - 25 para Pala Cargadora Case W20E Serie NBAE15769 Motor N° 36264444 sin Chapa Dominio Inreterno N° 03, Pala Cargadora Case W20E Motor N° N5AB00708 sin Chapa Dominio Interno N° 05, Motoniveladora Case 865B Serie HBZN065CFAF05296 Motor N° 1325136 sin Chapa Dominio Interno N° 11, Motoniveladora Case 865B Serie HBZN0865EHAF06028 Motor N° 6155527 sin Chapa Dominio Interno N° 12, Motoniveladroa Sany STG190 Serie PY5519CC1356 sin Chapa Dominio Interno N° 14, Motoniveladora Sany STG Serie PY5519CC1358 sin Chapa Dominio Interno N° 15 y Motoniveladora Astarsa 1320 Serie 22102508 Motor N° 93053037 sin Chapa Dominio Interno N° 16 | 10 |
| 4 | Cámaras 19.5L 24 para Retroexcavadora Case 580N Serie JJGN58NRVCC563466 sin Chapa Dominio Interno N° 01, Retroexcavadora Case 580L Motor N° PINNSAH00435 sin Chapa Dominio Interno N° 08, Retroexcavadora Case 580N Serie HBZN580NTFAH14825 Motor N° 6139194 sin Chapa Dominio Interno N° 10, Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BJHAH16479 Motor N° 6154823 sin Chapa Dominio Interno N° 11 y Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BVHAH16467 Motor N° 6154605 sin Chapa Dominio Interno N° 12 | 10 |
| 5 | Cubiertas 19.5L 24 para Retroexcavadora Case 580N Serie JJGN58NRVCC563466 sin Chapa Dominio Interno N° 01, Retroexcavadora Case 580L Motor N° PINNSAH00435 sin Chapa Dominio Interno N° 08, Retroexcavadora Case 580N Serie HBZN580NTFAH14825 Motor N° 6139194 sin Chapa Dominio Interno N° 10, Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BJHAH16479 Motor N° 6154823 sin Chapa Dominio Interno N° 11 y Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BVHAH16467 Motor N° 6154605 sin Chapa Dominio Interno N° 12 | 10 |
| 6 | Cubiertas 11L16 12T para Retroexcavadora Case 580N Serie JJGN58NRVCC563466 sin Chapa Dominio Interno N° 01, Retroexcavadora Case 580L Motor N° PINNSAH00435 sin Chapa Dominio Interno N° 08 y Retroexcavadora Case 580N Serie HBZN580NTFAH14825 Motor N° 6139194 sin Chapa Dominio Interno N° 10 | 6 |
| 7 | Camaras 11L16 para Retroexcavadora Case 580N Serie JJGN58NRVCC563466 sin Chapa Dominio Interno N° 01, Retroexcavadora Case 580L Motor N° PINNSAH00435 sin Chapa Dominio Interno N° 08 y Retroexcavadora Case 580N Serie HBZN580NTFAH14825 Motor N° 6139194 sin Chapa Dominio Interno N° 10 | 6 |
| 8 | Cubiertas 12 x 16.5 para Mini Pala Cargadora BobcatS185 Serie A3L940063 sin Chapa Dominio Interno N° 01 | 4 |
| 9 | Cámaras 12 x 16.5 para Mini Pala Cargadora BobcatS185 Serie A3L940063 sin Chapa Dominio Interno N° 01, Mini Pala Cargadora Bobcat S570 Serie A7U15173 sin Chapa Dominio Interno N° 02, Mini Pala Cargadora New Holland L218 Serie JAFOL218KGM415568 Motor N° 122343 sin Chapa Dominio Interno N° 03 y Mini Pala Cargadora New Holland L218 Serie JAFOL218HGM424991 Motor N° 124165 Interno N° 04 | 16 |
| 10 | Protectores 12 x 16.5 para Mini Pala Cargadora BobcatS185 Serie A3L940063 sin Chapa Dominio Interno N° 01 | 4 |
| 11 | Cubiertas 215/80 R16 para Acoplado AFF. AMC 022 sin motor y Camioneta Toyota Hilux Chasis 8AJER32G564007582 | 8 |
| 12 | Cubiertas 195/75 R16 Camión Grúa Ford Transit 12 Dominio OKE782 Interno N° 44 | 6 |
| 13 | Cubiertas 10 x 16.5 para Mini Pala Cargadora New Holland L218Serie JAFOL218HGM424991 Motor N° 124165 sin Chapa Dominio Interno N° 04 | 4 |
| 14 | Cámaras 10 x 16.5 para Mini Pala Cargadora New Holland L218Serie JAFOL218HGM424991 Motor N° 124165 sin Chapa Dominio Interno N° 04 | 4 |
| 15 | Cubiertas 185 R14 para Barredora Duelvo 850 Interno N° 08 | 4 |
| 16 | Cubiertas 750 x 16 para Tractor Massey Ferguson 275 Motor N° 2752204294 sin Chapa Dominio Interno N° 15, Tractor Massey Ferguson 275 Motor N° 2752204296 sin Chapa Dominio Interno N° 16, Tractor New Holland Motor N° 804505715-0444133 sin Chapa Dominio Interno N° 09, Tractor Pauny 210A Dominio EPV05 Interno N° 19 | 8 |
| Ítem | Descripción | Cant. |
| 17 | Cámaras 750 x 16 para Tractor Massey Ferguson 275 Motor N° 2752204294 sin Chapa Dominio Interno N° 15, Tractor Massey Ferguson 275 Motor N° 2752204296 sin Chapa Dominio Interno N° 16, Tractor New Holland Motor N° 804505715-0444133 sin Chapa Dominio Interno N° 09, Tractor Pauny 210A Dominio EPV05 Interno N° 19 | 8 |
| 18 | Cubiertas 750 x 18 para Tractor Massey Ferguson 290 Motor N° 2904204050 sin Chapa Dominio Interno N° 17 | 2 |
| 19 | Cámaras 750 x 18 para Tractor Massey Ferguson 290 Motor N° 2904204050 sin Chapa Dominio Interno N° 17 | 2 |
| 20 | Cubiertas 650 x 16 lisas para Camioneta Ford F100 Dominio ABB220 Interno N° 125, Camioneta Ford F100 TXK606 Interno N° 134, Camioneta Ford F100 Dominio TXK611 Interno N° 135, Camioneta Ford F100 Dominio TXK679 Interno N° 136, Camioneta Ford F100 Dominio TXK597 Interno N° 137, Recolector Ford F350 Dominio TXK607 Interno N° 10, Acoplado Recolector Compactador Scorza Serie AR057426602 sin motor Interno N° 13 1/2 | 24 |
| 21 | Cámaras 650 x 16 para Camioneta Ford F100 Dominio ABB220 Interno N° 125,Camioneta Ford F100 TXK606 Interno N° 134, Camioneta Ford F100 Dominio TXK611 Interno N° 135, Camioneta Ford F100 Dominio TXK679 Interno N° 136, Camioneta Ford F100 Dominio TXK597 Interno N° 137 y Recolector Ford F350 Dominio TXK607 Interno N° 10 | 24 |
| 22 | Cámaras 650 x 16 pico largo para Recolector F350 Dominio TXK607 Interno N° 10, Grua Ford Transit 12 Dominio OKE782 Interno N° 44 y Tractor Massey Ferguson 1195 Motor TWA102452W sin Chapa Dominio Interno N° 13 | 12 |
| 23 | Cubiertas 650 x 16 con taco para Recolector F350 Dominio TXK607 Interno N° 10 | 4 |
| 24 | Cubiertas 600 x 9 para Autoelevador Michigan Lonking Dominio EUV54 | 2 |
| 25 | Cámaras 600 x 9 para Autoelevador Michigan Lonking Dominio EUV54 | 2 |
| 26 | Protectores 600 x 9 para Autoelevador Michigan Lonking Dominio EUV54 | 2 |
| 27 | Cubiertas 700 x 12 para Autoelevador Michigan Lonking Dominio EUV54 | 2 |
| 28 | Cámaras 700 x 12 para Autoelevador Michigan Lonking Dominio EUV54 | 2 |
| 29 | Protectores 700 x 12 para Autoelevador Michigan Lonking Dominio EUV54 | 2 |
| 30 | Cubiertas 275/70 22.5 para Acoplado Leo-Cor L-RM-28CAV Chasis 8C9A06DMFEA469001 Dominio OIK041 | 12 |
| 31 | Cubiertas 1000 x 20 lisas para Camión Atmosférico Volkswagen 13-180 Dominio KCR349 Interno N° 03, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA482 Interno N° 14, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA480 16, Recolector Mercedes Benz L1624 Dominio HFI733 Interno N° 19, Recolector IVECO 170E22NCM31 Dominio AD162ZK Interno N° 28, Recolector Mercedes Benz 1721 Dominio AD163AL Interno N° 32, Camión Mercedes Benz 911 Dominio UWI733 Interno N° 24, Camión Mercedes Benz 1114 Dominio USI174 Interno N° 29, Camión Mixer Volkswagen 26-260 Dominio KCR345 Interno N° 01 | 18 |
| 32 | Cubiertas 1000 x 20 con taco para Camión Atmosférico Volkswagen 13-180 Dominio KCR349 Interno N° 03, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA482 Interno N° 14, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA480, Recolector Mercedes Benz L1624 Dominio HFI733 Interno N° 19, , Recolector IVECO 170E22NCM31 Dominio AD162ZK Interno N° 28, Recolector Mercedes Benz 1721 Dominio AD163AL Interno N° 32, Camión Mercedes Benz 911 Dominio UWI733 Interno N° 24, Camión Mercedes Benz 1114 Dominio USI174 Interno N° 29, Camión Mixer Volkswagen 26-260 Dominio KCR345 Interno N° 01 | 40 |
| 33 | Cámaras 1000 x 20 para Camión Atmosférico Volkswagen 13-180 Dominio KCR349 Interno N° 03, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA482 Interno N° 14, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA480, Recolector Mercedes Benz L1624 Dominio HFI733 Interno N° 19, Recolector IVECO 170E22NCM31 Dominio AD162ZK Interno N° 28, Recolector Mercedes Benz 1721 Dominio AD163AL Interno N° 32, Camión Mercedes Benz 911 Dominio UWI733 Interno N° 24, Camión Mercedes Benz 1114 Dominio USI174 Interno N° 29, Camión Mixer Volkswagen 26-260 Dominio KCR345 Interno N° 01 | 58 |
| 34 | Protectores 1000 x 20 para Camión Atmosférico Volkswagen 13-180 Dominio KCR349 Interno N° 03, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA482 Interno N° 14, Recolector Mercedes Benz L1620 Dominio EPA480, Recolector Mercedes Benz L1624 Dominio HFI733 Interno N° 19, Recolector IVECO 170E22NCM31 Dominio AD162ZK Interno N° 28, Recolector Mercedes Benz 1721 Dominio AD163AL Interno N° 32, Camión Mercedes Benz 911 Dominio UWI733 Interno N° 24, Camión Mercedes Benz 1114 Dominio USI174 Interno N° 29, Camión Mixer Volkswagen 26-260 Dominio KCR345 Interno N° 01 | 58 |
| Ítem | Descripción | Cant. |
| 35 | Cubiertas 275/80 R22.5 lisas para Camión Atmosférico Mercedes Benz L1620 Dominio FVD192 Interno N° 02, Camión Atmosférico IVECO 170E28MLC Dominio AF240TJ Interno N° 04, Barredora Mercedes Benz 1721 Serie 924989U1224344 Motor N° 8AB958150JA801585 Interno N° 09, Camión Mercedes Benz 1720/36 Dominio AA741AW Interno N° 46, Camión IVECO Dominio AF585LH Interno N° 49, Recolector Volkswagen 17-220 Dominio KCR344 Interno N° 22, Recolector Volkswagen 17-220 Dominio NQM510 Interno N° 23, Recolector Volkswagen 17-220 Dominio PCN700 Interno N° 24, Recolector Mercedes Benz 1720/36 Dominio AA388PE Interno N° 25, Recolector Mercedes Benz 1720/48 Dominio AA711PO Interno N° 26, Recolector Mercedes Benz 1720/48 dominio AA711PN Interno N° 27, Recolector IVECO 170E22NCM31 Dominio AD162ZJ Interno N° 29, Recolector IVECO 170E22NCM32 Dominio AD162ZJ Interno N° 30, Recolector Mercedes Benz 1721 Dominio AD163AN Interno N° 31, Recolector IVECO 170E28MLC Dominio AF240TI Interno N° 33, Recolector IVECO 170E28NCM51 Dominio AG107XE Interno N° 35, Recolector Volkswagen 17-280/43 LR DC Dominio AG868OG Interno N° 36, Recolector Volkswagen 17-280/43 LRDC Dominio AG868OH Interno N° 37, Camion MErcedes BEnz 1721 Dominio AD060ZW Interno N° 48, Camion Volkswagen 13-180 Dominio KCR348 Interno N° 20, Camion Mercedes Benz LK1218 Dominio EZD832 Interno N° 32, Camion Mercedes Benz LK1218 Dominio EZD831 Interno N° 33, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD191 Interno N° 39, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD196 Interno N° 40, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD195 Interno N° 41, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD194 Interno N° 42, Camion Volkswagen 13-180 Dominio LUM926 Interno N° 43, Camion Mercedes Benz 1720/36 Dominio AA741AW Interno N° 46, Camion Volkswagen 15-190 Dominio AB655HD Interno N° 47, Camion IVECO Tector Attack Dominio AG868OE Interno N° 50, Camión Regador Volkswagen 13-180 Dominio KCR347 Interno N° 06, Camión Regador IVECO Tector Dominio AG334EG Interno N° 07 | 70 |
| 36 | Cubiertas 275/80 R22.5 con taco para Camión Atmosférico Mercedes Benz L1620 Dominio FVD192 Interno N° 02, Camión Atmosférico IVECO 170E28MLC Dominio AF240TJ Interno N° 04, Barredora Mercedes Benz 1721 Serie 924989U1224344 Motor N° 8AB958150JA801585 Interno N° 09, Camión Mercedes Benz 1720/36 Dominio AA741AW Interno N° 46, Camión IVECO Dominio AF585LH Interno N° 49, Recolector Volkswagen 17-220 Dominio KCR344 Interno N° 22, Recolector Volkswagen 17-220 Dominio NQM510 Interno N° 23, Recolector Volkswagen 17-220 Dominio PCN700 Interno N° 24, Recolector Mercedes Benz 1720/36 Dominio AA388PE Interno N° 25, Recolector Mercedes Benz 1720/48 Dominio AA711PO Interno N° 26, Recolector Mercedes Benz 1720/48 dominio AA711PN Interno N° 27, Recolector IVECO 170E22NCM31 Dominio AD162ZJ Interno N° 29, Recolector IVECO 170E22NCM32 Dominio AD162ZJ Interno N° 30, Recolector Mercedes Benz 1721 Dominio AD163AN Interno N° 31, Recolector IVECO 170E28MLC Dominio AF240TI Interno N° 33, Recolector IVECO 170E28NCM51 Dominio AG107XE Interno N° 35, Recolector Volkswagen 17-280/43 LR DC Dominio AG868OG Interno N° 36, Recolector Volkswagen 17-280/43 LRDC Dominio AG868OH Interno N° 37, Camion MErcedes BEnz 1721 Dominio AD060ZW Interno N° 48, Camion Volkswagen 13-180 Dominio KCR348 Interno N° 20, Camion Mercedes Benz LK1218 Dominio EZD832 Interno N° 32, Camion Mercedes Benz LK1218 Dominio EZD831 Interno N° 33, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD191 Interno N° 39, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD196 Interno N° 40, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD195 Interno N° 41, Camion Mercedes Benz L1620 Dominio FVD194 Interno N° 42, Camion Volkswagen 13-180 Dominio LUM926 Interno N° 43, Camion Mercedes Benz 1720/36 Dominio AA741AW Interno N° 46, Camion Volkswagen 15-190 Dominio AB655HD Interno N° 47, Camion IVECO Tector Attack Dominio AG868OE Interno N° 50, Camión Regador Volkswagen 13-180 Dominio KCR347 Interno N° 06, Camión Regador IVECO Tector Dominio AG334EG Interno N° 07 | 144 |
| 37 | Cubiertas 12.5/80 - 18 16T para Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BJHAH16479 Motor N° 6154823 sin Chapa Dominio Interno N° 11 y Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BVHAH16467 Motor N° 6154605 sin Chapa Dominio Interno N° 12 | 4 |
| 38 | Cámaras 12.5/80 - 18 para Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BJHAH16479 Motor N° 6154823 sin Chapa Dominio Interno N° 11 y Retroexcavadora New Holland B95B Serie HBZNB95BVHAH16467 Motor N° 6154605 sin Chapa Dominio Interno N° 12 | 4 |
| 39 | Cubiertas 11L15 para Acoplado Recolector Compactador Scorza Serie AR057426602 sin motor Interno N° 13 1/2 | 2 |
| 40 | Cubiertas 16.9 - 24 para Tractor Massey Ferguson 290 Motor N° 2904204050 sin Chapa Dominio Interno N° 17 | 2 |
| 41 | Cámaras 16.9 - 24 para Tractor Massey Ferguson 290 Motor N° 2904204050 sin Chapa Dominio Interno N° 17 | 2 |
DECRETO N° 664/2.026
Concordia, 21 de julio de 2.026
VISTO el contenido del Expediente Compra Digital N° 3312/2.026, Licitación Privada N° 12/2026; y,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Subsecretario de Desarrollo y Emprendedurismo, Sr. Gabriel Enguelberg y El Secretario de Desarrollo Productivo, Sr. Arístide Sebastián, elevan documentación para el llamado a la Licitación Privada N° 12/2026 para la “adquisición de Artículos deportivos para Instituciones Varias”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación, de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 40/100 ($ 39.948.749,40) por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 – Características técnicas, de la mencionada Licitación.
Que, asimismo, la Dirección de Compras y Suministros sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado de la Licitación de referencia.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
N° 3.4.90.01.05.07.40 DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que la Subsecretaria de Hacienda y Modernización toma intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Privada N° 12/2026, para la “adquisición de Artículos deportivos para Instituciones Varias”, cuyo Anexo 1 forma parte del presente Decreto. Y en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación de un Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedente.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado a Licitación Privada N°12/2026 para la “adquisición de Artículos deportivos para Instituciones Varias”, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación, cuyo antecedentes obran en la Solicitud de Compra N° 3768, Expediente Compra Digital N° 3312 del año 2026.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 40/100 ($ 39.948.749,40).
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: N° 3.4.90.01.05.07.40 DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza N° 34.698/11 de contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTICULO 5°.- Dispónese a la Dirección de Compras y Suministros realice las invitaciones correspondientes para la presente Licitación.
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a los establecido en el presente Decreto.
ARTICULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Desarrollo y Emprendedurismo, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Productivo; luego pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTICULO 9°. - Comuníquese, Publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Productivo.
---------- Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.439
VISTO:
La realización de la 64ª edición de la Fiesta del Estudiante en el año 2026, organizada por Estudiantes Concordienses Unidos (ECU), y;
CONSIDERANDO:
Que esta Fiesta del Estudiante nació en 1962, siendo hoy la celebración estudiantil más antigua de la ciudad y un proyecto único en el país;
Que representa una herencia cultural e histórica que atraviesa generaciones, fortaleciendo el sentido de identidad, pertenecía y orgullo de todos los concordienses;
Que se realizarán diferentes eventos a lo largo del año 2026:
*Elecciones de Embajadores y Embajadoras.
*Expo Estudiantiles.
*Fiesta de Hinchadas.
*Fiesta del día del estudiante.
*Maratón Estudiantil.
*Desfiles de Carrozas.
Que el Estado Municipal debe acompañar y facilitar su realización, mediante vías administrativas y públicas acordes a su finalidad;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la totalidad de los eventos organizados por ECU durante el año 2026, en el marco de la 64ª edición de la Fiesta del Estudiante.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese un certificado y copia de la presente a las autoridades de ECU.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 24 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.862.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
---------- Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.432
VISTO:
La solicitud presentada por el Dr. Guillermo Blugerman mediante la cual requiere la Declaración de Interés Municipal del libro "Memorias sobre Santa Isabel – Una colonia de la JCA en Entre Ríos", y;
CONSIDERANDO:
Que la obra constituye un valioso aporte al patrimonio histórico, cultural y documental de la ciudad de Concordia y de la provincia de Entre Ríos;
Que el libro corresponde a la traducción al castellano de la obra originalmente escrita en idioma idish por David Gorskin, publicada en el año 1951 con motivo del cuadragésimo aniversario de la fundación de la colonia Santa Isabel;
Que la publicación permitirá acercar al público en general un testimonio histórico de gran relevancia sobre la vida de los primeros colonos, sus vivencias, dificultades, desarrollo social, cultural y productivo, contribuyendo a preservar la memoria histórica, fortalecer la identidad local y poner a disposición de las generaciones presentes y futuras un importante legado cultural;
Que la publicación cuenta con el auspicio de la Fundación IWO, institución de reconocida trayectoria en la preservación y difusión de la cultura y el idioma idish, lo que reafirma el valor histórico y cultural de la obra;
Que la edición e impresión del libro estará a cargo de Casa Fornés S.R.L., empresa gráfica de la ciudad de Concordia, promoviendo de este modo el desarrollo de la actividad editorial local y la difusión de una obra de significativo interés para la comunidad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural la publicación del libro "Memorias sobre Santa Isabel – Una colonia de la JCA en Entre Ríos", en reconocimiento a su significativo aporte a la preservación y difusión del patrimonio histórico y cultural.
ARTÍCULO 2°.- Remítase copia de la presente resolución al Dr. Guillermo Blugerman, en su carácter de solicitante.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 2 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 24 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.863.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
----------- Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.438
VISTO:
La realización de la "Caminata Comunitaria por el TDAH" en nuestra ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha actividad se llevará a cabo el día 28 de julio del corriente año a las 16:00hs, iniciando su recorrido con el acompañamiento de un móvil de la Dirección de Tránsito por la calle San Lorenzo, continuando por Hipólito Yrigoyen, hasta finalizar en la calle Mitre ingresando a la Plaza 25 de Mayo;
Que en el punto de llegada se realizará el cierre del evento, el cual incluirá palabras de agradecimiento, entrega de folletería informativa y distribución de cintas de color naranja, distintivo de la concientización sobre esta temática;
Que el objetivo principal de esta iniciativa es visibilizar el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) en Concordia, promoviendo de este modo una comunidad más inclusiva, informada y empática hacia las personas que conviven con esta condición y sus familias;
Que este proyecto surge del trabajo territorial diario junto a los grupos familiares, respondiendo a la necesidad urgente de sensibilizar a la ciudadanía general y de lograr que la temática trascienda el ámbito institucional, convirtiéndose en un hito de concientización en el espacio público;
Que la caminata fomenta la salud integral y el bienestar general a través de la actividad física, el esparcimiento y el movimiento comunitario;
Que la convocatoria es abierta a familias, profesionales, docentes e instituciones de toda la localidad, propiciando un espacio de convivencia, intercambio y apoyo mutuo entre los diversos sectores involucrados.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la "Caminata Comunitaria por el TDAH", a realizarse el día 28 de julio de 2026 en nuestra ciudad, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia fiel de la presente Resolución y el correspondiente certificado de reconocimiento a los organizadores y coordinadores de la mencionada actividad.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.864.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
----------- Concordia, 23 de Julio de 2026.
Nº 10.440
VISTO:
La festividad de San Cayetano, Santo Patrono del pan y del trabajo, que año tras año congrega en el barrio de Villa Zorraquín de nuestra ciudad a más de 30.000 fieles, y;
CONSIDERANDO:
Que esta presentación respalda una de las más firmes tradiciones del pueblo argentino, de devoción y convocatoria en la región;
Que además este acontecimiento constituye una verdadera fiesta popular con una demostración extraordinaria de fe, agradecimiento y pedidos de mediación ante muchas necesidades, sobre todo en estos tiempos complejos;
Que a las actividades religiosas, año tras año se suma una feria regional que congrega a artesanos, pequeños productores, exposición de varias instituciones como una muestra del trabajo y esfuerzo diario de muchos vecinos;
Que es esta una fiesta de la Fe, donde se vive con mucha alegría, esperanza y fortaleza, para que junto a la tradición de San Cayetano sigan peregrinando como familia que va agradecer y a pedir trabajo;
Que la organización se lleva a cabo en un esfuerzo mancomunado de muchas personas que se ponen al servicio de todos, involucrando así a la comunidad de Villa Zorraquín, la Comisión Organizadora, la Delegación Municipal, el Concejo Deliberante, el Intendente Francisco Azcué, como también numerosas y diversas áreas del Municipio, coordinando desde diferentes áreas de trabajo a todos;
Que destacamos las Actividades Centrales que se desarrollarán durante la jornada del domingo 7 de Agosto, en las cuales se efectuarán diferentes ceremonias religiosas y culturales;
Que asimismo desde el 29 de julio de 2026 agenda litúrgica con la novena a San Cayetano;
Que además el cronograma incluye una peregrinación central que partirá desde la Capilla Stella Maris, contando con presentaciones culturales, feriantes, artesanos, bailes típicos y cantatas;
Que desde el Concejo Deliberante queremos invitar a la comunidad, por su considerable trascendencia y popularidad de esta fiesta patronal;
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Socio-Cultural la fiesta Patronal de San Cayetano a celebrarse en Villa Zorraquín, desde el día 29 de Julio al 7 de Agosto del 2026.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de una copia de la presente a las autoridades de la parroquia organizadora.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 23 de Julio de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de Julio de 2.026.
RESOLUCION N° 38.867.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
