This document is too long to translate automatically. The original Spanish text is shown below.
SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 677/2.025 y 888/2.025.
Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 677/2.025 y 888/2.025.
DECRETO N° 677/2.025.
Concordia, 04 de Julio de 2.025.
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital N° 346 del año 2.025, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 500/2.025, de fecha 07 de Mayo de 2.025, se aprueba la documentación para efectuar el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 10/2.025, para la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE BADENES Y NIVELACIÓN DE BOCAS DE REGISTRO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”.
Que, constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que, obra Acta de Apertura de fecha 23 de Mayo de 2.025, informando que en el acto de apertura se presentan cinco ofertas correspondientes a:
- HUGO R. GOÑE: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 33/100 ($ 79.030.250,33).
- INCAR S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 75.041.700,00).
- VECCHIO S.R.L.: no presenta cotización.
- JOSÉ ANTONIO AVA: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($ 79.662.982,00).
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL VEINTIDOS CON 08/100 ($ 75.553.022,08).
- HUGO R. GOÑE: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Declaración Jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Concordia renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive la Federal. Suscripta por el oferente al pie de la página.
- Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia.
- Constitución de domicilio electrónico.
- En caso de sociedades comerciales se deberá adjuntar: * copia autenticada del Acta de designación de autoridades y/o documentación que acredite mandato a favor del firmante de la propuesta con facultades suficientes para efectuar la presentación en nombre de la sociedad y contratar en nombre y representación de la misma y * estados contables del último ejercicio económico.
- Constancia actualizada de inscripción en A.R.C.A., D.G.R. y Municipalidad.
- Declaración Jurada de antecedentes de proponente en licitaciones de naturaleza similar, si existieran.
- Designación de Representante Técnico para la presente obra.
- Declaración Jurada en la que consta que el Oferente y su Representante Técnico conocen todas y cada una de las partes de los Pliegos Generales y Técnicos y ha efectuado un conocimiento del terreno.
- INCAR S.A.: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- En caso de sociedades comerciales se deberá adjuntar: * estados contables del último ejercicio económico.
- JOSÉ ANTONIO AVA: cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, a la fecha se verifica que los oferentes cumplen con la totalidad de las solicitudes.
Que, analizadas las ofertas admisibles en su aspecto económico se observa que:
- HUGO R. GOÑE: lo cotizado resulta ser un 1,375 superior a la Imputación Preventiva.
- INCAR S.A.: lo cotizado resulta ser un 3,74 inferior a la Imputación Preventiva.
- JOSÉ ANTONIO AVA: lo cotizado resulta ser un 2,186 superior a la Imputación Preventiva.
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: lo cotizado resulta ser un 3,085 superior a la Imputación Preventiva.
Que, por lo expuesto teniendo en cuenta la recomendación de la Dirección de Ingeniería, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar la totalidad de la licitación a la firma INCAR S.A. por un importe total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 75.041.700,00), de acuerdo al Anexo I que forma parte del presente Decreto.
Que, la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE BADENES Y NIVELACIÓN DE BOCAS DE REGISTRO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, Licitación Pública N° 10/2.025, conforme a lo descripto en el Anexo I adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, a la firma INCAR S.A., por un importe total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 75.041.700,00), en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO N° 1.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 346 del año 2.025, correspondiente a la Licitación Pública Nº 10/2.025, para la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE BADENES Y NIVELACIÓN DE BOCAS DE REGISTRO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, dispuesto mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 500/2.025, de fecha 07 de Mayo de 2.025.
ARTICULO N° 2.- Adjudíquese a la firma INCAR S.A., la totalidad de la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE BADENES Y NIVELACIÓN DE BOCAS DE REGISTRO EN DISTINTOS SECTORES DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, Licitación Pública N° 10/2.025, por un importe total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 75.041.700,00), conforme al Anexo I que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO N° 3.- Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2.025, en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 OBRAS PÚBLICAS(Obras Varias e Imprevistas)$ 75.041.700,00.
ARTICULO N° 4.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO N° 5.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma INCAR S.A., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y a los demás oferentes; y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTICULO N° 6.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
ARTICULO N° 7.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
ANEXO I
PLANILLA NOMECLADORA
| Ítem | Ítem | U | Cant. | INCAR S.A. | |
| P. Unit. | Total | ||||
| 1 | Construcción de badenes por metro cuadrado. | m2 | 260 | $ 158.000,00 | $ 41.080.000,00 |
| 2 | Construcción de cordones por metro. | m | 58 | $ 41.000,00 | $ 3.378.000,00 |
| 3 | Reconstrucción de boca de registro por metro cuadrado. | m2 | 221,64 | $ 142.500,00 | $ 31.583.700,00 |
$ 75.041.700,00
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------
----------
DECRETO N° 888/2.025
Concordia, 21 de julio de 2025
VISTO la Ordenanza N° 38.372/2024 que sanciona el Nuevo cuadro tarifario de transporte urbano de pasajeros, en fecha 05 de agosto de año 2024 y;
CONSIDERANDO:
Que la misma faculta al DEM por intermedio de la secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda a actualizar los valores del boleto cuatrimestralmente.
Que atento a que se ha cumplido el plazo y que se ha hecho la evaluación de las variaciones de los ítems mencionados en el Artº 2 de la Ordenanza Nº38.372/2024, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente al nuevo cuadro tarifario en función de las atribuciones que da la Ordenanza Nº38.372/2024.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Establécese, a partir del 1 de Agosto del presente año, el siguiente cuadro tarifario, cuyos valores regirán como topes máximos aplicables para las tarifas de todos los servicios del Transporte Urbano de Pasajeros de la ciudad de Concordia:
|
|
|
| 1º Sección / Tarifa Plana | $1000,00. - |
| 2º Sección (Tarifa plana +20%) | $1200,00. - |
| 3º Sección (Tarifa plana +40%) | $1400,00. - |
| 4º Sección (Tarifa plana +100%) | $2000,00. - |
| Nocturno (Tarifa plana +40%) | $1400,00. - |
| BOLETO INTEGRADO | |
| 1º Pasaje (Tarifa plana) | $1000,00. - |
| 2º Pasaje dentro de la misma sección durante una ventana temporal de 50 minutos | 100% Descuento |
| 3º Pasaje en el resto de los casos | 45% Descuento |
| Menores de 3 años | SIN COSTO |
| Discapacitados | SIN COSTO |
| Certificados INCUCAI | SIN COSTO |
| Escolar | $400,00. - |
| Secundario / Universitario | $513,00. - |
ARTICULO 2°.- Notifíquese a la Cámara de Transportes Urbano de Pasajeros de Concordia por medio del departamento de notificaciones masivas.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------
----------
EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica que mediante Resolución N° 2589/2024 de fecha 14 de Mayo del año 2024, se ha dispuesto intimar a los ocupantes de la traza de las calles públicas del Barrio Mendieta, lindantes al inmueble del Sr. Ricardo Esteban Díaz, D.N.I. N° 13.940.440, para que en el plazo de QUINCE DIAS corridos contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto, procedan al retiro inmediato de las construcciones y/o estructuras instaladas sin autorización municipal. Consistentes en un invernadero y una vivienda. Se hace saber que la intervención municipal se limita exclusivamente a la traza de las calles públicas afectadas, sin involucrar otras propiedades o inmuebles particulares. Vencido el plazo indicado sin cumplimiento voluntario al requerimiento efectuado, la Municipalidad de Concordia procederá al retiro de las construcciones mencionadas, conforme normativa vigente, trasladando los elementos removidos al Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de ésta ciudad.- Fdo. Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno a/c Presidencia Municipal de Concordia – Arq. Alejandro E. Lopez, Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS E INTIMADOS
Concordia, 18 de Julio de 2025.
----------
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica que mediante Resolución N° 2589/2024 de fecha 14 de Mayo del año 2024, se ha dispuesto intimar a los ocupantes de la traza de las calles públicas del Barrio Mendieta, lindantes al inmueble del Sr. Ricardo Esteban Díaz, D.N.I. N° 13.940.440, para que en el plazo de QUINCE DIAS corridos contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto, procedan al retiro inmediato de las construcciones y/o estructuras instaladas sin autorización municipal. Consistentes en un invernadero y una vivienda. Se hace saber que la intervención municipal se limita exclusivamente a la traza de las calles públicas afectadas, sin involucrar otras propiedades o inmuebles particulares. Vencido el plazo indicado sin cumplimiento voluntario al requerimiento efectuado, la Municipalidad de Concordia procederá al retiro de las construcciones mencionadas, conforme normativa vigente, trasladando los elementos removidos al Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de ésta ciudad.- Fdo. Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno a/c Presidencia Municipal de Concordia – Arq. Alejandro E. Lopez, Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS E INTIMADOS
Concordia, 18 de Julio de 2025.
----------
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEAL MARCELO LUIS, D.N.I. N° 22.660.774 que en el expediente administrativo N° 2004 "D" 2024; se ha dispuesto la presente notificación que en su parte resolutiva expresa: DECRETO N° 632/2.025 - Concordia, 19/06/2.025: VISTO: ... CONSIDERANDO: ... EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA:
ARTICULO 1°._ Aplicase al Sumariado Leal Marcelo Luis, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo - Subsecretaria de Turismo, la sanción disciplinaria de CESANTIA, atento la Cuestión de Hecho: por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo durante Quince (15) días en el mes de 01/2024, Diecinueve (19) días 02/2.024, Diecinueve (19) días 03/2.024, Veinte (20) días 04/2.024, veintidós (22) días 05/2.024, seis (6) días 06/2.024 y la Cuestión de Derecho: que la conducta del Agente prenombrado, descripta ut - supra y por las constancias obrantes en los expedientes internos 1126 "D" 2.024 Y 2.004 "D" 2.024 SE ENCUADRA EN EL INCUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES ARTICULOS DE LA Ordenanza de Escalafón N° 11.275: ARTICULO 16: Son obligaciones del personal en la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes b) ... c) ... d) Observar buena conducta ... " y el art. 39: Sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarias a) .. , b) .... C)... F) CESANTIA. EL ARTICULO 40.- "El apercibimiento y la suspensión menor serán aplicadas directamente por el Departamento Ejecutivo, sin el requisito del Sumario Previo. Las restantes serán impuestas previa formación de sumario. Y el "ARTICULO 41"
"Al aplicarse una sanción deberán tenerse en cuenta los antecedentes obrantes en la foja de servicios del agente, las circunstancias del caso y vida pública y privada".-
ARTICULO 2°.-Notifíquese al Agente LEAL MARCELO LUIS, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595.
ARTICULO 3°.- Dese a la Secretaria de Desarrollo Productivo; a la Dirección de Recursos Humanos; a la Dirección de Liquidaciones.-
ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE. Presidente Municipal de Concordia. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER. Secretario de Desarrollo Productivo. Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 21 de Julio de 2.025.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEAL MARCELO LUIS, D.N.I. N° 22.660.774 que en el expediente administrativo N° 2004 "D" 2024; se ha dispuesto la presente notificación que en su parte resolutiva expresa: DECRETO N° 632/2.025 - Concordia, 19/06/2.025: VISTO: ... CONSIDERANDO: ... EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA:
ARTICULO 1°._ Aplicase al Sumariado Leal Marcelo Luis, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo - Subsecretaria de Turismo, la sanción disciplinaria de CESANTIA, atento la Cuestión de Hecho: por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo durante Quince (15) días en el mes de 01/2024, Diecinueve (19) días 02/2.024, Diecinueve (19) días 03/2.024, Veinte (20) días 04/2.024, veintidós (22) días 05/2.024, seis (6) días 06/2.024 y la Cuestión de Derecho: que la conducta del Agente prenombrado, descripta ut - supra y por las constancias obrantes en los expedientes internos 1126 "D" 2.024 Y 2.004 "D" 2.024 SE ENCUADRA EN EL INCUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES ARTICULOS DE LA Ordenanza de Escalafón N° 11.275: ARTICULO 16: Son obligaciones del personal en la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes b) ... c) ... d) Observar buena conducta ... " y el art. 39: Sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarias a) .. , b) .... C)... F) CESANTIA. EL ARTICULO 40.- "El apercibimiento y la suspensión menor serán aplicadas directamente por el Departamento Ejecutivo, sin el requisito del Sumario Previo. Las restantes serán impuestas previa formación de sumario. Y el "ARTICULO 41"
"Al aplicarse una sanción deberán tenerse en cuenta los antecedentes obrantes en la foja de servicios del agente, las circunstancias del caso y vida pública y privada".-
ARTICULO 2°.-Notifíquese al Agente LEAL MARCELO LUIS, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.774, legajo N° 3595.
ARTICULO 3°.- Dese a la Secretaria de Desarrollo Productivo; a la Dirección de Recursos Humanos; a la Dirección de Liquidaciones.-
ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE. Presidente Municipal de Concordia. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER. Secretario de Desarrollo Productivo. Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 21 de Julio de 2.025.
