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SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.378/2.025, 1.382/2.025, 1.388/2.025, 1.389/2.025, 1.390/2.025.
DECRETO N°1.378/2.025Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.378/2.025, 1.382/2.025, 1.388/2.025, 1.389/2.025, 1.390/2.025.
Concordia, 17 de diciembre de 2.025
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.025, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 5° de la ordenanza N° 38.527.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.025 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.025 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ANEXO I
3.2.90.01.01.01.10.02.03 Gobierno 2,000,000
3.2.30.01.01.01.10.02.03 Servicios Pcos. 1,000,000
3.3.20.01.01.01.10.02.03 Servicios Pcos. 1,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Gobierno 500,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Obras Pcas. 1,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 C. Deliberante 400,000
3.4.40.01.01.02.21.04.10 D. Humano 100,000
3.7.90.01.01.02.21.04.10 D. Humano 200,000
TOTAL 6,200,000
ANEXO II
3.1.90.01.01.01.10.01 Gobierno 2,000,000
3.2.30.01.01.01.10.01 Servicios Pcos. 2,000,000
3.1.90.01.01.02.20.03.04 Gobierno 500,000
3.1.90.01.01.02.20.03.04 Obras Pcas. 1,000,000
3.1.90.01.01.02.21.05.07 C. Deliberante 400,000
3.4.40.01.01.02.21.09.04 D. Humano 300,000
TOTAL 6,200,000
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO Nº1.382/2.025.
Concordia, 18 de Diciembre de 2.025.
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1630 del Año 2.025; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Calles Pavimentadas dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia; según Solicitud de Compra N° 2369/2.025, obrante en el mencionado expediente.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($ 95.000.000,00); por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria, en el Ejercicio Económico del año 2.025:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (Fondo de Obra Pública) $ 32.000.000,00.
Que asimismo, el saldo restante se deberá imputar en el próximo Ejercicio Económico del año 2.026
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas (Anexo 1 – Características Técnicas, Ensayos y Conformidad en la recepción).
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado de la presente Licitación resultare desierto, se realice un Segundo Llamado.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Pública Nº 32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia; según Solicitud de Compra N° 2369/2.025, y conforme los Anexos 1 y 2, que forman parte del presente Decreto. Como asimismo, en el caso de que el mismo resultara desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, en virtud a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia; según Solicitud de Compra N°2369/2.025, y conforme los Anexos 1 y 2, que forman parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Digital Nº 1630 del Año 2.025.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($ 95.000.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria, en el Ejercicio Económico del año 2.025:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (Fondo de Obra Pública) $ 32.000.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el saldo restante se deberá imputar en el Ejercicio Económico 2.026.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.
ARTÍCULO 7°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 8°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 32/2.025 resultara desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 9°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Calles Pavimentadas y de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N°1.388/2.025
Concordia, 19 de diciembre de 2.025
VISTO: el contenido del Expediente Interno N° 90 Letra "E" del año 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N°1.318/2025 se dispuso que la Dirección de Compras y Suministros efectué el llamado a Licitación Pública N°02/2025 "ALQUILER DE TRIBUNAS, TARIMAS Y TORRES PARA EL CARNAVAL DE CONCORDIAS — EDICION 2026", conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrantes del Expediente mencionado en Visto.
Que la Dirección de Compras y Suministros informa las invitaciones y entregas de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.
Que de acuerdo al acta de apertura de fecha doce de diciembre del corriente se presentó una única oferta:
• RIBRON S.A. cotizando la totalidad de lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL 00/100 ($229.904.000,00.-).
Que de fojas 41 a 186 se adjunta documentación presentada por la firma proveedora.
Que a fojas 187 el Director Ejecutivo del Ente Permanente de Carnaval aconseja se adjudique la totalidad de lo solicitado a la firma RIBRON S.A. ya que cumple con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que a fojas 188 obra dictamen de la Comisión Evaluadora con fecha dieciséis de Diciembre de 2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de sobres de la mencionada Licitación, informando que en dicho Acto se presento una única oferta en su aspecto formal se verifica que cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Art.6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, analizada su oferta presentada en su aspecto económico, se observa que resulta ser un 14.85% inferior al Presupuesto Oficial, por lo expuesto la misma aconseja se adjudique la firma RIBRON S.A. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL 00/100 ($229.904.000,00.-).
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos ñ),q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria — Régimen de las municipalidades modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el procedimiento del el llamado a Licitación Pública N° 02/2025 "ALQUILER DE TRIBUNAS, TARIMAS Y TORRES PARA EL CARNAVAL DE CONCORDIA — EDICION 2026", cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 90 "E" del año 2025.
ARTICULO 2°.- Adjudicar la totalidad de los ítems a la firma RIBRON SA. correspondiente a la Licitación Pública N° 2/2025 para el "ALQUILER DE TRIBUNAS, TARIMAS Y TORRES PARA EL CARNAVAL DE CONCORDIA — EDICION 2026" por un importe total de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL 00/100 ($229.904.000,00.-) de acuerdo a lo mencionado en los considerandos del presente Decreto y lo expresado en el Anexo I
ARTICULO 3°- Girar a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos de notificar a la firma adjudicataria.
ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaria de Gobierno y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
| Item | Descripción | Cant. | P. Unit | P. Total |
| 1 | Tribunas con las características descriptas en el Art. 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública 02/2025. | 04 | $29.500.000,00 | $118.000.000,00 |
| 2 | Tarimas VIP con las características descriptas en el Art. 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública 02/2025. | 02 | $37.000.000,00 | $74.000.000,00 |
| 3 | Tarimas VIP Turista con las características descriptas en el Art. 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública 02/2025. | 01 | $5.600.000,00 | $5.600.000,00 |
| 4 | Torres con las características descriptas en el Art. 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública 02/2025. | 12 | $2.042.000,00 | $24.504.000,00 |
| 5 | Palcos según características descriptas en el Art. 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública 02/2025. | 03 | $2.600.000,00 | $7.800.000,00 |
| TOTAL $229.904.000,00 | ||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
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DECRETO N° 1.389/2.025
Concordia, 22 de diciembre de 2.025
VISTO que se debe ausentar en horas de la mañana de la ciudad, el Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ por temas relacionados con la Administración Municipal y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO.
Que la atención de la Secretaria de Gobierno, se encomienda al Sr Secretario de Servicios Públicos, Arq. Alejandro E López, sin perjuicios de sus funciones específicas.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Secretaría de Gobierno, al Sr. Secretario de Servicios Públicos, Arq. Alejandro E López, sin perjuicios de sus funciones específicas.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
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DECRETO N° 1.390/2.025
Concordia, 22 de diciembre de 2.025
VISTO, las actuaciones obrantes en el expediente 40 "B"/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 006300 con fecha 22/10/2025 la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos concede al Sr. Bogado el beneficio de Jubilación Ordinaria Especial.
Que con fecha 20/11/2025 la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, a través del Área Técnica Prestacional, solicita el cese de servicios al Sr. Bogado en sus funciones dentro de la Municipalidad de Concordia, con carácter urgente.
Que a foja 1 del mencionado expediente presenta su renuncia al cargo como Director de Cultura, dependiente de la Subsecretaría de Educación y Cultura, a partir del 01 de diciembre de 2025.
Que a foja 12 obra dictamen N° 2158/25 con fecha 16 diciembre del 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que por lo expuesto este Departamento Ejecutivo considera pertinente aceptar la renuncia presentada por el Sr. Bogado.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 — Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial;
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Acéptase, a partir del 01 de diciembre de 2025, la renuncia presentada por el Sr. CARLOS DANIEL ALBERTO BOGADO, D.N.I. N°20.882.744, al cargo de Director de Cultura de la Subsecretaría de Educación y Cultura, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, por haberse acogido al beneficio de Jubilación Ordinaria Especial otorgado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Agradécele al Sr. CARLOS DANIEL ALBERTO BOGADO, D.N.I. N° 20.882.744, por el servicio prestado en el desempeño de las funciones asignadas.
ARTICULO 3°.- Dispónese que la presente medida comenzará a regir a partir del 01 de diciembre de 2025.
ARTICULO 4°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos y pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
