DECRETO N° 1017 FECHA: 15.08.2024 PUBLICADO: 05.09.2024
ARTICULO 1°.- Autorízase por única vez, y por excepción a lo establecido en la Cláusula DÉCIMA del Convenio firmado oportunamente con el personal que cumple funciones en la Dirección de Cementerio Municipal, ratificado por Decreto N° 1527/2023, un cupo total de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS (462) JORNALES en el período de liquidación correspondiente al mes de agosto del presente año, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
